aerial photography of multicolored trailers

Instalación de empresas y beneficios

Almacén industrial

ACTIVIDADES QUE SE PUEDEN DESARROLLAR EN LA ZONA FRANCA

En la Zona Franca de Tenerife se pueden desarrollar todo tipo de actividades: industrial, comercial o de servicios. Por lo tanto, se permitirá desde el mero almacenaje indefinido de mercancías, incluidas las manipulaciones usuales necesarias para su adecuado mantenimiento y conservación, hasta las actividades de transformación sustancial, tales como el perfeccionamiento activo o transformación bajo control aduanero, siempre con la autorización previa del órgano aduanero competente.


REQUISITOS PARA INSTALARSE EN LA ZONA FRANCA DE TENERIFE

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE OPERADOR:

Para operar dentro de la Zona Franca será necesaria la presentación de una solicitud formal dirigida al Consorcio de la Zona Franca de Tenerife, a la que habrá de acompañar la siguiente documentación: PDF Escritura de constitución de la sociedad. Poderes de representación del solicitante. Certificados de estar al corriente de: Seguridad social, IGIC, alta IAE y obligaciones tributarias. Memoria detallada de las actividades a realizar en la zona y de la empresa.

MEMORIA:

Entre la documentación necesaria para solicitar operar en la Zona Franca de Tenerife se exige la presentación de una memoria detallada de las actividades de la Empresa y aquellas que se pretende desarrollar en la Zona. Esta memoria debe avalar la solvencia, viabilidad, competitividad internacional y contribución al desarrollo económico y social de la isla por parte de la empresa cuya solicitud es objeto de estudio, siendo su contenido vinculante. Para su adecuada cumplimentación se adjunta un breve Manual de elaboración de la Memoria con su contenido básico. PDF

Beneficios y ventajas

Ventajas ZFT

  • Actividades: Dentro de la Zona Franca de Tenerife se podrán realizar cualquier tipo de actividad industrial, comercial o de servicios.
  • Exención Total de Aranceles a la importación, Impuestos Indirectos e Impuestos Especiales sobre las mercancías importadas con origen y destino en un tercer país fuera de la Unión Europea. Cuando el destino final de la mercancía importada sea la Unión Europea, las obligaciones arancelarias y tributarias permanecerán en suspenso hasta su salida de la Zona Franca de Tenerife.
  • Almacenamiento indefinido: Las mercancías en ZFT podrán almacenarse sin límite de plazo, manteniendo en suspenso cualquier obligación de pago de aranceles o impuestos sobre las mercancías importadas.
  1. Simplificación gestión aduanera: El control de entrada y salida de mercancías se realizará mediante un Sistema de Contabilidad de Existencias, aplicación informática que permite el control telemático por parte de las autoridades aduaneras y tributarias, reduciendo trámites y documentación. La simplificación de los trámites aduaneros implica no tener que presentar declaración previa a la entrada de las mercancías agilizando la gestión.
  2. Manipulaciones usuales: Las mercancías en ZFT pueden ser sometidas a las manipulaciones usuales para garantizar su conservación, mejorar su presentación o su calidad comercial o preparar su distribución o reventa, sin necesidad de ningún tipo de autorización aduanera.
  3. Transformaciones sustanciales: Las mercancías en ZFT podrán someterse a transformaciones sustanciales con la autorización previa y expresa de la autoridad aduanera, mediante su vinculación a los regímenes de Transformación bajo control Aduanero cuando el destino del producto final resultante es la Unión europea, o bien mediante su vinculación a un régimen de Perfeccionamiento Activo cuando el destino final del producto es la reexportación a un país tercero fuera de la U.E.
  4. ZFT ubicada en territorio Portuario: Ofrece la ventaja logística de la cercanía a las líneas de atraque y llegada de contenedores así como la cercanía al nuevo Centro de Inspección Portuaria que agiliza toda la tramitación de inspección al centralizar los servicios correspondientes: SOIVRE (Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y Regulación de las Exportaciones), Aduanas y Sanidad Exterior, Animal y Vegetal.

Beneficios fiscales y económicos

La mayor ventaja de una Zona Franca ubicada en Tenerife, y su principal valor añadido con respecto al resto de Zonas Francas europeas, es su absoluta compatibilidad con los instrumentos e incentivos económicos propios de nuestro específico Régimen Económico y Fiscal (R.E.F.) existente en las Islas Canarias. Esta compatibilidad implica que a las ventajas aduaneras propias de la ZF se suman las siguientes ventajas específicas derivadas de nuestra condición de Región Ultraperiférica de la Unión Europea:

ZONA ESPECIAL CANARIA (ZEC).

4% de Impuesto sobre Sociedades vigente en España.

De entre los requisitos necesarios para obtener este beneficio destacamos los siguientes:

  • Inversión inicial de al menos 100.000,00
  • Creación de al menos 5 empleos dentro de los 6 meses siguientes al momento de la inscripción y mantener este promedio durante los años que la empresa esté adscrita a la ZEC.
  • Actividades autorizadas en Zona ZEC: El listado de actividades industriales, comerciales y de servicios que pueden acogerse a la Zona ZEC está expresamente tasado. De entre las actividades idóneas para su desarrollo en ZFT destacan todas aquellas relativas a la transformación y fabricación que impliquen la importación de elementos o materias primas de terceros países y cuyo destino del producto final sea la reexportación.

RESERVA PARA INVERSIONES EN CANARIAS (RIC)

La Reserva para Inversiones en Canarias se instrumentó con el objetivo de estimular el esfuerzo inversor con cargo a recursos propios, es decir, la autofinanciación de las inversiones de las empresas que desarrollen su actividad en Canarias. La RIC permite reducir la base imponible, hasta un 90% de los Beneficios No Distribuidos (BND) en el Impuesto sobre Sociedades por el importe que los establecimientos situados en Canarias destinen de sus beneficios a la dotación de la Reserva para Inversiones en Canarias.

La condición imprescindible para acogerse a la RIC, es que la empresa, independientemente de dónde esté domiciliada, cuente con un establecimiento permanente en Canarias. En cuanto a sus requisitos se hace necesario materializar la reserva en la adquisición de activos fijos dentro de alguna de las siguientes inversiones:

  1. Inversión inicial;
  2. Creación de puestos de trabajo;
  3. Adquisición de elementos patrimoniales que no constituyan inversión inicial;
  4. Suscripción de acciones o participaciones en sociedades por la constitución o ampliación de capital y de deuda pública canaria.

Obtén más información en:

ZONA ESPECIAL CANARIA

PROEXCA

ICEX

En la Zona Franca de Tenerife no hay ninguna limitación por aplicación de políticas comerciales o condiciones de orden económico de la U.E., garantizando el libre acceso al mercado internacional de materias primas.

Las condiciones de Orden Económico vigentes en el resto de Zona Francas comunitarias como restricciones, contingentes o cupos de entrada, impiden o limitan la libertad de abastecimiento de suministros, materias primas y componentes de terceros países para realizar procesos de transformación bajo el Régimen de Perfeccionamiento Activo. Sin embargo, las empresas instaladas en la Zona Franca de Tenerife podrán acudir al mercado internacional para su abastecimiento sin ningún tipo limitación, siempre y cuando el producto final resultante del perfeccionamiento activo sea a su vez reexportado a un tercer país.