Consorcio de la Zona Franca de Tenerife
¿Quiénes somos?
Somos una entidad pública dependiente de la Vicepresidencia Primera y Ministerio de Hacienda del Gobierno de España.
Gestionamos un territorio aduanero delimitado, vallado y vigilado, en el que se admiten toda clase de mercancías por un tiempo ilimitado, cualesquiera que sean su cantidad y su país de origen, destino, cantidad y naturaleza, excepto las prohibidas o de tráfico ilícito. Durante el tiempo de permanencia en ZFT, la mercancía está exenta de aranceles, impuestos indirectos, y aplicación de políticas comerciales
¿Cómo?
Disponemos de 160.000 m2 de superficies para la implantación de proyectos que quieran desarrollar distintas actividades, dada nuestra versatilidad, la compatibilidad con la Zona Especial Canaria, ya que formamos parte del REF, nuestra ubicación geográfica, a caballo entre África, América, y Europa, la simplificación de trámites aduaneros, y la coordinación institucional.
Facilitamos la información precisa en los trámites necesarios.
¿Ventajas de la zona franca?
Ahorro de costes
(exento de aranceles de origen y destino)
AGILIDAD EN LOS PROCESOS
SIMPLIFICACIÓN DE GESTIONES
SEGURIDAD
VERSATILIDAD DE TRATAMIENTO DE LAS MERCANCÍAS
COMPATIBILIDAD PLENA CONVENTAJAS DE ZONA ESPECIAL CANARIA(ZEC)
Definición de Zona Franca
En cuanto a su naturazleza jurídica, constituyen un destino aduanero que está concebido como una zona específica dentro del territorio aduanero de la Unión Europea, en el cual se puede introducir cualquier tipo de mercancía, independientemente de su naturaleza, cantidad, origen o destino, y en las que no se devenga la obligación del pago de los tributos correspondientes durante la permanencia de estas en dicha zona. Es decir, que las mercancías estarán exentas de derechos arancelarios a la importación, impuestos indirectos y, en su caso, impuestos especiales.
De tal definición se deduce que las Zonas Francas son esencialmente una herramienta de promoción de las actividades de comercio exterior, puesto que las ventajas que ofrece van encaminadas a facilitar el libre tráfico internacional de mercancías, reduciendo los costes que éste lleva aparejado:
- En su interior puede desarrollarse cualquier tipo de actividad industrial, comercial y de servicios.
- Exención total de aranceles e impuestos sobre mercancías con origen y destino en terceros países fuera de la U.E.
- Suspensión de las obligaciones arancelarias y tributarias de las mercancías hasta el momento de su consumo o despacho a libre práctica en el territorio comunitario europeo.
- Simplificación de trámites aduaneros.
- Almacenamiento indefinido de mercancías, manipulaciones usuales y transformaciones sustanciales, previa autorización expresa del órgano aduanero competente
Nuestros orígenes
Tales principios inspiradores actúan de manera que el comercio internacional y el libre intercambio de bienes y mercancías en Canarias va a constituir uno de los pilares fundamentales de crecimiento económico de las islas.
Una situación que desde entonces se mantendrá de forma casi inmutable hasta prácticamente el último tercio del siglo XX, cuando en 1972 la Ley del Régimen Económico y Fiscal de Canarias recoge estas características económicas y fiscales específicas. Sin embargo, será la incorporación de España a la Unión Europea en 1986, y por lo tanto la integración de Canarias dentro del espacio aduanero comunitario, el aspecto que definitivamente alterará sustancialmente la situación vivida hasta entonces, debiendo adaptar dicho estatus privilegiado a la normativa comunitaria europea.
Perdida su condición de puerto franco, surge la necesidad de establecer medidas que permitieran equilibrar y recuperar, al menos en parte, esta libertad comercial y fiscal que históricamente había venido disfrutando Canarias.
Una de estas medidas es una Zona Franca, y es en este contexto donde debemos situar la creación de la Zona Franca de Tenerife en el año 2006, fecha en la cual el Ministerio de Economía y Hacienda, mediante la Orden EHA/93/2006, autorizó la creación de la Zona Franca de Control Tipo II en el Puerto de Santa Cruz de Tenerife.
Historia
En las Islas Canarias ha existido históricamente un sistema de imposición tributaria y arancelaria diferenciada con respecto al resto del territorio nacional, presidido por los principios de libertad comercial y fiscal, que tuvo como consecuencia la creación de los Puertos Francos en 1852. Tales principios inspiradores actúan de manera que el comercio internacional y el libre intercambio de bienes y mercancías en Canarias va a constituir uno de los pilares fundamentales de crecimiento económico de las islas.
Una situación que desde entonces se mantendrá de forma casi inmutable hasta prácticamente el último tercio del siglo XX, cuando en 1972 la Ley del Régimen Económico y Fiscal de Canarias recoge estas características económicas y fiscales específicas. Sin embargo, será la incorporación de España a la Unión Europea en 1986, y, por lo tanto, la integración de Canarias dentro del espacio aduanero comunitario, el aspecto que definitivamente alterará sustancialmente la situación vivida hasta entonces, debiendo adaptar dicho estatus privilegiado a la normativa comunitaria europea.